La Secretaría de Trabajo y Previsión Social de Jalisco informó que mayo y junio corresponden al periodo para el pago de utilidades a las y los trabajadores de la entidad, prestación que forma parte de los derechos laborales establecidos en la Constitución. La dependencia estatal recordó que este beneficio equivale al diez por ciento de las ganancias obtenidas por las empresas durante el ejercicio fiscal anterior y tiene como finalidad reconocer la participación de la fuerza laboral en la productividad de los centros de trabajo.
Resaltó que tienen derecho a recibir utilidades las personas que laboraron al menos 60 días durante el año fiscal previo, ya sea en puestos de base, confianza o eventuales. También aplica para extrabajadores que cumplan con la antigüedad mínima y para quienes permanecieron en incapacidad temporal por maternidad o paternidad. La legislación excluye de esta prestación a directores, administradores, gerentes generales, socios, accionistas y prestadores de servicios por honorarios. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social señaló que la fecha límite para el pago de utilidades vence el 30 de mayo en el caso de trabajadores de empresas constituidas como personas morales, mientras que para quienes laboran con patrones registrados como personas físicas el plazo concluye el 29 de junio.
El Gobierno de Jalisco indicó que las y los trabajadores que no reciban esta prestación pueden solicitar orientación y asesoría gratuita ante la Procuraduría General de la Defensa del Trabajo o el Centro de Conciliación Laboral Jalisco.

