El Instituto Nacional Electoral (INE) advirtió a Morena que si no se deslinda de los peluches y productos alusivos al presidente Andrés Manuel López Obrador podría considerarlos gastos de campaña.
El partido consultó al INE sobre si la venta de los denominados ‘Amlitos‘, entre otros productos, genera un beneficio a favor del partido, aún si no recibe dinero alguno.
El Consejo General del Instituto resolvió que aunque Morena no recibe ganancia económica alguna, la comercialización de peluches y productos varios sí promueve la exposición y divulgación de emblemas, signos, representantes, candidatos y militantes.
Para evitar que los ‘Amlitos‘ sean considerados como gastos de campaña el INE pidió a Morena deslindarse de estos, mediante un escrito que deberá presentar ante la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF):
- Será oportuno si la medida o actuación implementada es de inmediata realización al desarrollo de los eventos ilícitos o perjudiciales para evitar que continúe.
- Será razonable si la acción o medida implementada es la que de manera ordinaria podría exigirse al partido político, siempre que esté a su alcance y disponibilidad el ejercicio de las actuaciones o mecanismos a implementar.
- Será jurídico si se presenta por escrito ante la UTF, ello puede ocurrir en cualquier momento y hasta el desahogo del oficio de errores y omisiones (oportuno).
- Será idóneo si la notificación describe con precisión el concepto, su ubicación, su temporalidad, sus características y todos aquellos elementos o datos que permitan a la autoridad generar convicción.
- Será eficaz solo si realizan acciones que tiendan al cese de la conducta y genera la posibilidad cierta que la UTF conozca el hecho. Es decir, la acción o medida válida implementada por un partido político deberá estar dirigida a producir o a que conlleve al cese o genere la posibilidad de que la autoridad competente conozca del hecho y ejerza sus atribuciones para investigarlo y, en su caso, resolver sobre la licitud o ilicitud de la conducta denunciada.
- Se puede afirmar que, en cuanto a la eficacia del deslinde, no basta con desconocer o rechazar la existencia de algún tipo de acto, este será eficaz si se llevan a cabo actos tendentes al cese de la conducta y si de manera certera se hace del conocimiento de la UTF.
Con información de Expansión y Radio Fórmula